Buenas prácticas para la contratación pública de Consultoría y Servicios TI

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Que el peso del criterio precio no supere el 50% del total en las licitaciones para contratar consultoría y servicios de TI es una de las recomendaciones sugeridas por la AEC y AMETIC.

AMETIC y AEC han presentado un informe de buenas prácticas para la contratación pública que contiene consideraciones y recomendaciones sobre cómo se han de abordar los procedimientos de contratación en las Administraciones Públicas. La implementación de éstas tiene el doble objetivo de maximizar el valor aportado y minimizar el precio, garantizando, además, la transparencia y la libre concurrencia, sobre todo en contratos por procedimiento abierto, los más habituales en Consultoría y Servicios TI.

Así, por ejemplo, se propone evitar las prácticas de contratación enfocadas únicamente a un objetivo de reducción del gasto en detrimento de la calidad del servicio. Y hacen especial hincapié en la adjudicación de los proyectos “a subasta” con bajadas respecto al precio de licitación de entre el 30% y el 50% y donde el criterio precio prima por encima del resto de conceptos, lo que dificulta la obtención de los resultados esperados del proyecto, pone en peligro la sostenibilidad de algunas empresas del sector y su capacidad de crear/retener empleo.

Del informe, se han extraído diez recomendaciones:

  1. 1. Establecer un precio de licitación ajustado al alcance y resultados esperados del proyecto y cuando el importe del contrato lo justifique, realizar un estudio de mercado o fase previa de consultoría que determine este importe.
     
  2. 2. No aplicar reducciones en el precio de licitación sobre el precio anterior en contratos que son renovaciones de servicios.
     
  3. 3. El peso del criterio precio no debería superar el 50% del total en las licitaciones para contratar consultoría y servicios de TI. Es la práctica seguida por los contratos de consultoría y servicios TI de la Comisión Europea para asegurar la mejor relación calidad-precio (oferta más ventajosa).
     
  4. 4. La fórmula para valorar el precio como criterio de adjudicación debe evitar que pequeñas diferencias en el precio supongan grandes diferencias de puntuación.
     
  5. 5. Utilizar la fórmula para valorar el precio usada en las licitaciones europeas para contratación de Consultoría y Servicios TI:
    Puntos Oferta A =Precio oferta más económica/Precio Oferta A x máximos puntos por precio
     
  6. 6: Para evitar las bajadas indiscriminadas se debe incluir de forma expresa la mención a la oferta desproporcionada, definiendo con claridad los criterios que se aplicarán para considerar una oferta como tal. Expresar estos criterios como umbrales de porcentaje de baja sobre la media aritmética de las ofertas presentadas.
     
  7. 7. Al igual que se aplican penalizaciones, es recomendable aplicar bonificaciones cuando se superan los valores acordados. Esto no implica un aumento del presupuesto, ya que las bonificaciones se pueden aplicar sobre penalizaciones existentes o futuras.
     
  8. 8. Adecuar los plazos de facturación establecidos en los pliegos, a la naturaleza, objeto y devengo del servicio a prestar, evitando así el desfase temporal entre la prestación del servicio y el ciclo de facturación y cobro y cumplir de forma estricta los plazos de pago establecidos en la ley, en todos los ámbitos del Sector Público (estatal, autonómico y local).
     
  9. 9. No contratar consultoría o servicios TI en la modalidad de asistencia técnica (pago por jornadas); es preferible contratar siempre en modo proyecto cerrado, con alcance y entregables bien definidos o por niveles de servicio para la prestación de servicios continuos, de acuerdo a las recomendaciones de la Norma Europea EN:16114.
     
  10. 10. Establecer con claridad los requisitos del proyecto y definir con precisión qué está incluido en el alcance del mismo; especificar con todo detalle los entregables exigidos. Evitar requisitos de solvencia técnica que solo cumplen muy pocas empresas para garantizar la libre concurrencia. Y, en cualquier caso, evitar requisitos de solvencia técnica que solo cumplen muy pocas empresas para garantizar la libre concurrencia.

 

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Redacción