La Comisión Europea publica un código voluntario para identificar contenidos generados por IA

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El documento establece pautas para el marcado y etiquetado de textos, imágenes, audios y vídeos creados o manipulados mediante inteligencia artificial, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia previstas en la Ley de IA de la Unión Europea.

La Comisión Europea ha dado a conocer el Código de Buenas Prácticas sobre el marcado y etiquetado de contenidos generados por inteligencia artificial, una iniciativa de carácter voluntario destinada a facilitar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia recogidas en la Ley de IA de la Unión Europea.

El código define medidas prácticas dirigidas tanto a proveedores como a organizaciones que utilizan sistemas de inteligencia artificial generativa. Su finalidad es garantizar que los ciudadanos puedan identificar con claridad cuándo un contenido ha sido generado o modificado mediante IA, reduciendo así los riesgos de desinformación, manipulación o engaño.

La normativa europea establece requisitos específicos para casos especialmente sensibles. Entre ellos, la identificación de contenidos audiovisuales manipulados mediante técnicas de deepfake, la señalización de textos generados o alterados por IA relacionados con asuntos de interés público y la obligación de informar a los usuarios cuando interactúan con sistemas conversacionales, como asistentes virtuales o chatbots.

El código ha sido elaborado por un grupo de seis expertos independientes con la participación de más de 180 organizaciones y entidades procedentes del ámbito tecnológico, académico, empresarial, institucional y de la sociedad civil. Entre los participantes figuran desarrolladores de sistemas de IA, asociaciones sectoriales, pequeñas y medianas empresas, administraciones públicas y centros de investigación.

 

Dos ámbitos de actuación

El documento se estructura en dos bloques principales:

El primero está dirigido a los proveedores de sistemas de IA generativa y detalla los mecanismos para garantizar que imágenes, vídeos, audios o textos generados o modificados mediante inteligencia artificial incorporen marcadores legibles por máquina que permitan su identificación automática.

El segundo se centra en los responsables del despliegue y utilización de estas tecnologías. En este apartado se especifican las obligaciones relacionadas con el etiquetado visible de contenidos generados por IA, especialmente en el caso de deepfakes o publicaciones sobre cuestiones de interés público que no hayan sido sometidas a supervisión humana ni a control editorial.

Estas directrices complementan las disposiciones de la Ley de IA aplicables a los modelos de propósito general y a los sistemas considerados de alto riesgo, reforzando un uso responsable y transparente de esta tecnología dentro del mercado europeo.

 

Adhesión voluntaria para proveedores y usuarios

La Oficina Europea de IA ha abierto el proceso de adhesión al código para proveedores y organizaciones que utilizan sistemas de inteligencia artificial generativa. La firma del documento permite manifestar el compromiso de seguir estas buenas prácticas como vía para demostrar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia contempladas en la legislación europea.

Entre las ventajas previstas para las entidades adheridas se encuentran una mayor seguridad jurídica, una aplicación más homogénea de los requisitos en todos los Estados miembros y una reducción de la carga administrativa asociada a las tareas de supervisión y cumplimiento.

La Comisión Europea prevé complementar este código con futuras directrices interpretativas destinadas a aclarar aspectos concretos de la normativa y ofrecer orientaciones adicionales para facilitar la aplicación práctica de las obligaciones de transparencia relacionadas con la inteligencia artificial.