La CNMC abre expediente sancionador contra Telefónica

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha iniciado un expediente sancionador por posible incumplimiento de compromisos en la compra de DTS (antigua Sogecable) en 2015. Según informa el organismo, habría calculado de forma errónea el reparto de los costes fijos del canal "Movistar Partidazo" de su oferta mayorista de canales de televisión de pago en la temporada 2016-2017.

La apertura del expediente sancionador se produce porque Telefónica calculó de forma errónea el reparto de los costes fijos del canal “Movistar Partidazo” de su oferta mayorista de canales de televisión de pago en la temporada 2016-2017.

Cuando la CNMC la CNMC autorizó la operación de concentración el 22 de abril de 2015, ésta estaba condicionada a que Telefónica cumpliera una serie de compromisos relativos al mercado de la televisión de pago, entre ellas la comercialización mayorista de una oferta anual de contenidos consistentes en canales premium; la replicabilidad de los productos con estos canales, y el acceso no discriminatorio de sus clientes de Internet a contenidos de televisión de pago de operadores OTT.

En el caso de los canales de pago, la compañía debe contar con una oferta mayorista para que sus competidores puedan acceder a sus canales de televisión de pago con contenidos premium (películas de estreno, competiciones deportivas nacionales e internacionales, etc.) y comercializarlos mediante sus propias plataformas de televisión de pago. Para calcular el pago de los competidores por el acceso a los canales de fútbol y motor de la oferta mayorista Telefónica tiene en cuenta el llamado coste mínimo garantizado (CMG).

“Los canales de fútbol y motor están sujetos al reparto proporcional de los costes fijos por el pago de derechos de emisión exclusiva, así como por costes de producción y otros conceptos (éste es el CMG). Este reparto proporcional se realiza entre Telefónica y los operadores que los contraten”, explica en un comunicado la CNMC.

Para calcularlos se toma como referencia unos criterios predeterminados en los compromisos que incluyen la cuota de abonados a la televisión de pago de cada operador, así como la potencialidad de contratación sobre la base de sus redes.

El posible incumplimiento en el reparto de los costes fijos del canal “Movistar Partidazo” en la temporada 2016/2017, se produjo cuando realizó el reparto inicial que hizo entre los operadores que lo contrataron en julio de 2016. En concreto, estaría vinculado, según la CNMC, “a la consideración por parte de Telefónica de un número de abonados propios inferior al que debería haberle correspondido, provocando con ello costes superiores a otros operadores contratantes de dicho canal”.

Si bien Telefónica reconoció su error posteriormente en septiembre de 2018, los operadores contratantes de dicho canal tuvieron que soportar costes mayores a los que les correspondían.

Se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

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