La AEPD publica un análisis de los riesgos de 5G para la privacidad
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La autoridad española de protección de datos ha publicado una nota técnica en la que se presenta un primer análisis de los riesgos para la privacidad que puede entrañar 5G. La implantación de esta tecnología podría incrementar algunos riesgos que ya se asociaban a las anteriores generaciones de telefonía móvil, como la geolocalización, el perfilado o la toma de decisiones automatizadas sobre las personas. Por eso, incluye también un conjunto de recomendaciones.
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La AEPD acaba de presentar un primer análisis de los riesgos para la privacidad que puede implicar tanto esta tecnología como las que hagan uso de ella, y ofrecer recomendaciones, tanto a la población general como a los fabricantes, proveedores, operadores de servicios, empresas de telecomunicaciones y desarrolladores de aplicaciones que establezcan modelos de negocio en torno a 5G.
La AEPD repasa en su nota las ventajas que ofrece la quinta generación de comunicaciones móviles (5G), cuyo despliegue en Europa comenzó a principios de 2019, y resalta, por ejemplo, las mejoras en términos de velocidad de transferencia, capacidad de conexión o baja latencia, lo que permitirá habilitar nuevos servicios digitales. Sin embargo, también advierte de que la implantación de esta tecnología podría incrementar los riesgos para la privacidad que ya se asociaban a las anteriores generaciones de telefonía móvil, como la geolocalización, el perfilado o la toma de decisiones automatizadas sobre las personas.
Diez consejos
Entre las recomendaciones, destacan proporcionar información particularmente clara y comprensible a los usuarios de las nuevas aplicaciones y servicios basados en 5G; definir cuidadosamente los roles y ámbitos de responsabilidad, delimitando de forma nítida las obligaciones de desarrolladores, fabricantes, operadores y agentes en materia de protección de datos; garantizar comunicaciones cifradas extremo a extremo; adecuar el uso de decisiones automatizadas a lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), y establecer las necesarias garantías en el caso de transferencias internacionales de datos.
Finalmente, la AEPD insta en el documento a reflexionar acerca de las normativas y estándares relativos al tratamiento y conservación de datos de tráfico por los operadores de telecomunicaciones, en particular, con relación a la georreferenciación. Actualmente, las redes 4G proporcionan resoluciones con una media de 50 metros, pero con 5G se alcanzarán resoluciones inferiores a un metro en tres dimensiones.