Así es el nuevo Reglamento de Itinerancia europeo

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Desde el 1 de julio está en vigor el nuevo Reglamento de Itinerancia europeo, aprobado por la Comisión el pasado mes de abril y que sustituye al de 2017. El roaming en los países comunitarios seguirá siendo gratis hasta 2032, pero la nueva norma introduce algunos cambios positivos.

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El roaming es el servicio que permite llamar, enviar mensajes y usar datos temporalmente cuando se viaja fuera del propio país. Este servicio es gratuito en la UE y los países del Espacio Económico Europeo (EEE), Islandia, Liechtenstein y Noruega, y acaba de ser prorrogado hasta 2032 con el nuevo Reglamento de Itinerancia, que ha entrado en vigor el 1 de julio.

Las nuevas normas introducen mejoras de calidad y garantizan el acceso a las comunicaciones de emergencia, así como una mayor transparencia sobre los servicios que pueden estar sujetos a recargos adicionales.

Mayor velocidad de Internet móvil
Los usuarios tendrán ahora derecho a la misma calidad de internet móvil en el extranjero que la que tienen en su país. Los operadores de servicios móviles deben garantizar que los consumidores tengan acceso a las redes 4G, o 5G más avanzadas, si están disponibles en el destino que visite el consumidor. Los consumidores deben poder encontrar información sobre la disponibilidad de redes en sus contratos de servicios móviles y en los sitios web de los operadores.

Prevención de recargos ocultos inesperados
En los viajes en avión o en barco, los teléfonos móviles pueden conectarse de manera automática a la red de a bordo, suministrada por satélites. Sin embargo, la utilización de servicios de conexión móvil a través de redes no terrestres puede dar lugar a costes muy elevados. El nuevo Reglamento obliga a los operadores a proteger a sus usuarios y a avisarlos cuando sus teléfonos se conectan a redes no terrestres. Además, los operadores deben interrumpir automáticamente los servicios móviles si los servicios móviles a través de redes no terrestres alcanzan los 50 euros u otro límite predeterminado. Los operadores podrán ofrecer servicios adicionales, como la posibilidad de renunciar a la itinerancia en aviones y barcos.  

Más información
Los consumidores deben poder tomar decisiones con conocimiento de causa sobre el uso de servicios que puedan acarrear costes adicionales. Así, al viajar al extranjero, llamar a los servicios de atención al cliente o de asistencia de las compañías de seguros y de las compañías aéreas, o enviar mensajes para participar en concursos o eventos, puede ser más caro que hacerlo desde su país. Los operadores deben garantizar que facilitan a los usuarios la información sobre los tipos de números de teléfono que puedan acarrear costes adicionales si los marcan o acceden a ellos desde el extranjero. Los operadores deben informar a los consumidores a través de mensajes SMS automáticos enviados al cruzar la frontera a otro país de la UE, así como en los contratos de servicios.

Comunicaciones de emergencia
Las nuevas normas garantizan que los ciudadanos conozcan el número único europeo de emergencia 112, que pueden utilizar en cualquier lugar de la UE para contactar con los servicios de emergencia. A más tardar en junio de 2023, los operadores deberán enviar un mensaje automático a sus clientes que viajen al extranjero para informarles de los medios alternativos disponibles para acceder a los servicios de emergencia, por ejemplo, a través de mensajes en tiempo real o aplicaciones. Los ciudadanos que no puedan realizar llamadas de voz pueden utilizar estos medios alternativos.

Precios más bajos entre operadores para mejorar los condiciones
Se establecen tarifas mayoristas más bajas, reduciendo para los operadores el coste de utilizar redes en el extranjero para prestar servicios a sus clientes cuando estos se encuentran en el extranjero. Los límites máximos de las tarifas al por mayor se fijan en niveles que garantizan que los operadores puedan mantener y recuperar el coste de la prestación de servicios de itinerancia a los consumidores, y se irán implementando progresivamente.

-- Para los servicios de datos, el nuevo Reglamento establece los siguientes límites al por mayor: 2 €/GB en 2022, 1,8 €/GB en 2023, 1,55 €/GB en 2024, 1,3 €/GB en 2025, 1,1 €/GB en 2026 y 1 €/GB de 2027 en adelante.

-- Para la telefonía vocal: 0,022 €/min en 2022-2024 y 0,019 €/min de 2025 en adelante.

-- Para los mensajes SMS: 0,004 €/SMS en 2022-2024 y 0,003 €/SMS de 2025 en adelante.