Ley de startups: el Ejecutivo avanza en el futuro marco regulatorio para empresas emergentes

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Nadia Calviño

El Consejo de Ministros aprobó ayer un informe del Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de startups para impulsar la creación de empresas de corte digital y tecnológico. Repasamos las medidas que propone.

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El Ejecutivo ha avanzado las grandes líneas de la futura Ley de Startups, una de las medidas recogidas en la agenda España Digital 2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado un Informe del Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, orientado a fomentar la creación y relocalización de empresas emergentes en España para continuar atrayendo talento y capital internacional para el desarrollo de un ecosistema emprendedor con vocación innovadora en nuestro país.

Este texto establece un marco específico para estas empresas y centra sus medidas en estas áreas: dar visibilidad a nivel global al ecosistema español de startups, atraer inversión y talento, así como conseguir mayor agilidad administrativa..

Con esta propuesta normativa, el Gobierno pretende regular y flexibilizar todas las actividades que las empresas emergentes tienen que llevar a cabo con la Administración a lo largo de su ciclo de vida, en particular en sus primeras etapas, debido a la cantidad de trámites que conlleva el desarrollo de una empresa innovadora de reciente creación y que la penalizan con respecto a otras pymes en aspectos como la fiscalidad o el trámite de visados cuya regulación contempla el anteproyecto.

El texto, que se somete ahora a audiencia pública, se dirige a todas las empresas o emprendedores de nueva creación y grupos de empresas "emergentes", con sede social o establecimiento permanente en España, que no hayan distribuido dividendos, no cotizadas y de carácter innovador. Además, se recogen los criterios indicativos de dicho carácter innovador, englobando los conceptos hasta ahora existentes en diferentes normas de "empresas de base tecnológica", "pymes innovadoras" o "jóvenes empresas innovadoras".

Impulso al talento
Se busca, entre otras cuestiones, dar visibilidad al ecosistema español de startups, para atraer talento y capital y frenar la fuga de cerebros.

En ese sentido, se incorporan importantes medidas tributarias y fiscales para impulsar la atracción del talento internacional y favorecer la creación de hubs digitales en España. Así, se reduce para las startups el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en el primer periodo impositivo en el que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes siempre que mantenga la calificación de empresa emergente.

Asimismo, se incluye la posibilidad de que las startups soliciten el aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes en el primer ejercicio en el que base imponible sea positiva y en el siguiente, con dispensa de garantías y sin devengo de intereses de demora, por un periodo de doce y seis meses, respectivamente.

En esta misma línea, cabe destacar las medidas favorables a las 'stock options'. En concreto, se eleva el importe de la exención de 12.000 a 45.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra y se flexibilizan las condiciones de generación de autocartera en sociedades de responsabilidad limitada.

Fomento de la inversión
En este punto destaca que se elevará la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales), el tipo de deducción (que pasa del 30 al 40%), así como el periodo en el que se considera de reciente creación que sube de tres a cinco años, con carácter general, o a siete para empresas de ciertos sectores.

Agilidad administrativa
Con el objetivo de facilitar y agilizar la actividad emprendedora desde las administraciones públicas, se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados del impuesto de sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes en los dos años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva.

Además, no será obligatorio obtener el número de identificación de extranjeros (NIE) para los inversores no residentes, exigiendo únicamente que tanto ellos como sus representantes obtengan los números de identificación fiscal (NIF).

Por otro lado, se agilizarán los trámites para el cese de actividad, que se cumplimentarán por vía electrónica.

Por último, se hace una regulación general y básica sobre los entornos de prueba regulados basados en la reciente experiencia exitosa del sandbox del sector financiero. De esta forma se promoverá la creación de entornos controlados, por períodos limitados de tiempo, para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva.