La CNMC da el visto bueno a la normativa de eficiencia digital de la Justicia

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La CNMC ha publicado un informe en el que analiza el anteproyecto de ley de medidas de eficiencia digital del servicio público de Justicia. No obstante, dice que es necesario asegurar que el avance en la digitalización no suponga una merma en el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

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En octubre el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia, que ahora ha recibido el visto bueno de la CNMC. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia valora positivamente el avance que supondrá la norma para facilitar la constitución de sociedades y recomienda que el desarrollo reglamentario previsto se produzca sin demora.

En su informe valora “positivamente”que transpone la normativa de la UE en lo referente a garantizar la existencia de un procedimiento en línea de constitución de sociedades de responsabilidad limitada (con aportaciones de naturaleza dineraria), y dice que tendrá implicaciones positivas para la competencia, facilitará el emprendimiento y una mejor adaptación de la oferta en los mercados. 

También se valora positivamente que este anteproyecto de ley promueve una serie de transformaciones digitales en la administración de Justicia, para mejorar las relaciones entre órganos administrativos y también de cara a los distintos profesionales que trabajan en el ámbito de la justicia y al conjunto de los ciudadanos, impulsando mecanismos más ágiles de comunicación que eliminarán costes.

Recomendaciones
No obstante, es necesario asegurar que el avance en la digitalización no suponga una merma en el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. Para que eso no sea así, se debe tener en cuenta la dificultad de acceso a medios digitales para ciertos sectores de la población, sea por una cuestión de recursos o sea por una cuestión de formación y adaptación a las nuevas tecnologías.

Entre otras mejoras que plantea, incluye la necesidad de mantener la exigencia de comparecencia ante notario, por lo menos telemática, para el otorgamiento de las escrituras públicas en los supuestos de constitución online de sociedades de responsabilidad limitada que utilicen el modelo regulado de estatutos tipo.

También, según el organismo, debe replantearse la competencia exclusiva de los notarios para la presentación de copias electrónicas de documentos notariales en los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, además de reforzar la equiparación de los documentos notariales en papel y en formato electrónico.