La Ley de Mercados Digitales, más cerca tras un acuerdo entre el Consejo y el Parlamento Europeo

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La Ley de Mercados Digitales o Digital Markets Act está más cerca tras el acuerdo político provisional alcanzado entre el Parlamento europeo y los Estados de la UE. Esto supone un importante paso para regular el poder de las grandes plataformas digitales, que la Comisión denomina ‘gatekeepers’. El acuerdo está sujeto ahora sujeto a la aprobación formal del Parlamento y el Consejo.

La Comisión Europea está satisfecha con acuerdo político alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo, que en los próximos días quedará ultimado tras los trabajos técnicos. Con ella, Bruselas quiere que el sector digital sea más equitativo y competitivo mediante la definición de reglas claras para las grandes plataformas online. Es decir, se trata de impedir que cualquier gran plataforma digital que se encuentre en una posición de “guardián de acceso” o gatekeeper frente a un gran número de usuarios, abuse de ella en detrimento de las empresas que deseen acceder a dichos usuarios.

La vicepresidenta ejecutiva para una Europa Adaptada a la Era Digital, Margrethe Vestager , ha explicado al respecto que “lo que queremos es simple: mercados justos también en lo digital. Ahora estamos dando un gran paso adelante para llegar allí: que los mercados sean justos, abiertos y disputables. Las grandes plataformas de “gatekeepers” han impedido que las empresas y los consumidores se beneficien de los mercados digitales competitivos. Ahora tendrán que cumplir con un conjunto bien definido de obligaciones y prohibiciones. Este reglamento, junto con una fuerte aplicación de la ley de competencia, brindará condiciones más justas a los consumidores y las empresas para muchos servicios digitales en toda la UE”.

A quién afecta
La ley, denominada DMA en su acrónimo inglés, se aplicará a las grandes plataformas digitales de servicios de plataforma, marketplaces online, servicios cloud o motores de búsqueda que, una vez aprobada, establecerá una serie de obligaciones y prohibiciones claramente definidas.

Para que sean consideradas ‘gatekeepers’, las compañías tienen tener un volumen de negocio anual de, al menos, 7.500 millones de euros en la Unión Europea (UE) en los últimos tres años o una valoración de mercado de, al menos, 75 000 millones de euros y contar, al menos, 45 millones de usuarios finales mensuales y, como mínimo, 10.000 usuarios profesionales establecidos en la UE.

Por otro lado, la plataforma debe controlar uno o varios servicios básicos de plataforma en, al menos, tres Estados miembros. Estos servicios básicos de plataforma incluyen los mercados electrónicos y las tiendas de aplicaciones, los motores de búsqueda, las redes sociales, los servicios en la nube, los servicios de publicidad, los asistentes de voz y los navegadores web.

Las pymes quedan exentas, salvo casos excepcionales. Con el fin de asegurar el carácter progresivo de estas obligaciones, se ha previsto también una categoría de «guardián de acceso emergente», que permitirá a la Comisión imponer determinadas obligaciones a las empresas cuya posición competitiva esté demostrada pero aún no sea duradera.

Al mismo tiempo, la ley creará un mecanismo efectivo de ejecución que garantice el cumplimiento rápido de obligaciones precisas.

Según la Comisión en un comunicado, la norma se implementará a través de una sólida arquitectura de supervisión, bajo la cual la Comisión será el único ejecutor de las reglas, en estrecha cooperación con las autoridades de los Estados miembros de la UE. La Comisión podrá imponer sanciones y multas de hasta el 10% de la facturación mundial de una empresa, pudiendo, en caso de reincidencia, alcanzar hasta el 20% de dicha facturación. En el caso de infracciones sistemáticas, la Comisión también podrá imponer las medidas estructurales o de comportamiento necesarias para garantizar la eficacia de las obligaciones, incluida la prohibición de nuevas adquisiciones relacionadas con la infracción.

El acuerdo político alcanzado por el Parlamento Europeo y el Consejo está ahora sujeto a la aprobación formal de los dos colegisladores. Una vez adoptado, el Reglamento DMA será directamente aplicable en toda la UE y se aplicará seis meses después de su entrada en vigor.

La DMA complementará la aplicación de la ley de competencia a nivel nacional y de la UE. Las nuevas normas se entienden sin perjuicio de la aplicación de las normas de competencia de la UE y las normas de competencia nacionales relativas al comportamiento unilateral.