El Espacio Europeo de Datos de Salud gana impulso con un nuevo Reglamento

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El Consejo de la UE ha adoptado un nuevo Reglamento que facilitará el acceso a los datos de salud y su intercambio a escala de la UE, allanando así el camino a su entrada en vigor. En la actualidad, el grado de digitalización de los datos de salud en la UE varía de un Estado miembro a otro, lo que dificulta su intercambio.

El Reglamento relativo al Espacio Europeo de Datos de Salud tiene por objeto mejorar el acceso de las personas a sus datos de salud electrónicos personales y su control sobre ellos, permitiendo al mismo tiempo la reutilización de determinados datos con fines de investigación e innovación para beneficio de los pacientes europeos. Establece un entorno de datos específico en el ámbito de la salud, que asegurará el acceso transfronterizo a los servicios y productos sanitarios digitales dentro de la UE.

Con arreglo a las nuevas normas, las personas podrán acceder con mayor facilidad y rapidez a los datos de salud electrónicos, tanto si se encuentran en su país de origen como si están en otro Estado miembro. Tendrán además un mayor control sobre el uso que se hace de esos datos. Los países de la UE tendrán que establecer una autoridad de salud digital para aplicar las nuevas disposiciones.

El Espacio Europeo de Datos de Salud también proporcionará a la comunidad investigadora y a las personas responsables de las políticas acceso a determinados tipos de datos de salud anonimizados y seguros, lo que les permitirá aprovechar el enorme potencial que ofrecen los datos de salud de la UE para fundamentar la investigación científica, desarrollar mejores tratamientos y mejorar la atención a los pacientes.

En la actualidad, el grado de digitalización de los datos de salud en la UE varía de un Estado miembro a otro, lo que dificulta su intercambio entre los Estados miembros. El nuevo Reglamento exige que todos los sistemas de historia clínica electrónica cumplan las especificidades del formato europeo de intercambio de historias clínicas electrónicas para garantizar que sean interoperables a escala de la UE.

El Consejo y el Parlamento Europeo deben ahora firmar formalmente el Reglamento, que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la UE.