La CNMC crea el Registro de alias para frenar las estafas por SMS
- Seguridad
El sistema permitirá identificar a los remitentes que usan nombres comerciales o marcas en SMS, MMS y RCS, obligando a los operadores a que solo se entreguen mensajes cuyo alias esté inscrito y vinculado a una entidad legítima, y estableciendo el bloqueo obligatorio de los no registrados a partir del 7 de junio.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la circular que regula el Registro de alias, una base de datos destinada a verificar los nombres o marcas que aparecen como remitentes en mensajes SMS, MMS y RCS enviados a números españoles.
Esta medida, que se enmarca en la Orden TDF/149/2025, que recoge actuaciones para combatir estafas mediante llamadas o mensajes fraudulentos, busca devolver la confianza a los usuarios en las comunicaciones electrónicas a través de mensajes y reforzar su protección frente al intento de fraudes de suplantación de identidad. El sistema obligará a que solo se entreguen mensajes cuyo alias esté previamente inscrito y vinculado a su titular legítimo. Si una empresa quiere enviar mensajes con el nombre de su marca como remitente, deberá registrarlo; de lo contrario, el mensaje será bloqueado.
Los proveedores de mensajería podrán realizar cargas masivas de alias durante un mes desde la entrada en vigor de la norma. Tendrán hasta el 6 de junio de 2026 para adaptar sus sistemas y realizar pruebas. A partir del 7 de junio de 2026, los operadores deberán bloquear todos los mensajes enviados con alias no registrados o que no provengan de proveedores habilitados.
Cómo funciona el Registro de alias
El Registro recogerá todos los identificadores alfanuméricos que pueden utilizarse como remitente. Podrán inscribir alias tanto empresas y administraciones públicas como proveedores de mensajería que actúen en su nombre.
Para registrarlos, deberán acreditar que el alias está vinculado a su marca, denominación social o dominio, y que cumple las reglas técnicas establecidas. El sistema también define las responsabilidades de los distintos agentes del envío de mensajes, que deberán bloquear comunicaciones cuando se utilicen alias no inscritos, procedan de proveedores no registrados, se envíen sin autorización del titular del alias, o correspondan a empresas extranjeras no inscritas en España (salvo en itinerancia). La CNMC habilitará un portal público que permitirá consultar qué alias están registrados y quién es su titular.